viernes, 30 de enero de 2009

LOS MAPUCHES Breve reseña de usurpación y despojo

Introducción
Antecedentes
Proyecto de ley de Manuel Montt
El Pueblo Mapuche y la Reforma Agraria
De la transición y El conflicto
El Proyecto
El Exterminio y el Robo
A Modo de Conclusión



INTRODUCCIÓN

Nuncio Cabbada

Cuadro gentileza de la pintora Karina Ferrari

El conflicto Mapuche, se lee en los periódicos cotidianamente, y muchas veces, sacándose la careta, los medios periodísticos, los políticos y hasta la iglesia, hablan de frentón del llamado “problema mapuche”.
Nos presentan fotos coloridas y en primera página de acciones violentistas, según nos dicen, son de terroristas sin escrúpulos, de ladrones, de incendiadores de la riqueza nacional, de oponerse al desarrollo histórico, de flojos indígenas sin aspiraciones.
Nosotros, la mayoría, alejados de sus realidades e ignorantes de su pasado, no cuestionamos estas primeras páginas, los medios, junto a los actuales poseedores de esas tierras, hace ya tiempo nos convencieron que los mapuches, sólo viven para emborracharse y de que su único Norte es el descanso y la pereza.
¿ Cómo es posible saber entonces cual es la verdad de este conflicto?
¿Que provoca la violencia entre el Estado, los terratenientes y los mapuches? Y ¿Desde cuando esta violencia ha estado presente?. Es demasiado largo explicarlo, sin duda, y ya tantas páginas se han escrito sobre ello, sin embargo en un afán personal de entender este conflicto es que me atrevo a enfrentarlo, aùn sinteticamente.
Como la causa mapuche, entre otras no menos importantes, es la recuperación de la que aùn llama su tierra, es que quisimos ver las incidencias de las normativas legales con que el Estado Chileno a intentado “manejar” esta cuestión, considerando que de alguna manera estas tierras fueron adquiridas por la fuerza de las guerras y todavía antes, con la conquista de estos territorios y la españolización de esta parte del mundo. Para esto hemos leído aquella legislación especial dedicada al tema mapuche, intentando de algún modo ver también el apoyo que la ciudadanía mestiza daba y da a estas leyes, recurriendo a los periódicos de la época, que fueron extraidos fundamentalmente del trabajo incansable del historiador Josè Bengoa a quièn aprovecho de homenajear con este trabajo, pues èl que con sus valiosos escritos me impulsò a saber màs de esta historia casi olvidada y me entregò las herramientas para realizar esta breve recopilaciòn y pensar las injusticias de la que no somos sòlo testigos, sino actores que con indiferencia y de lejos omitimos escuchar el lamento y gritos de justicia y con nuestro silencio avalamos la usurpaciòn y el despojo.



ANTECEDENTES

Habría, tal vez, que remontarse en la historia y recordar y, decir:
Que ya antes de la llegada de los invasores Europeos, este pueblo se enfrentó a una de las más poderosa civilizaciones, comparada solo con los Aztecas y los Mayas.
Los Quechuas, regidos por Tupac-Yupanqui, en el año 1458 de nuestra época, (Año 2258 del calendario mapuche), decide ampliar los dominios de su imperio, los que se extendían desde el Ecuador hasta la zona central de Chile, este es el periodo de mayor auge del imperio Inca llamado también Tahuantinsiyu, y no es sino su hijo el sucesor del imperio, Huaina- Capac que decide, después de las sucesivas derrotas, fijar el imperio sólo hasta el Río Maule.

Tras ochenta años de paz, hacen su entrada al territorio Yekmonchi (Territorio Mapuche) las fuerzas Españolas comandados por Diego de Almagro y, en la confluencia del río Ñuble e Itata zona llamada ”Reino-guelen” infringen los mapuches la primera derrota a los invasores, es también la primera batalla que da inicio a la guerra de Arauco

¿ Quien les mostró a formar los escuadrones,
representar en orden las batallas,
levantar caballeros y bastiones,
hacer defensas, fosos y murallas,
trincheras, nuevos reparos, invenciones,
y cuanto en uso militar se halla.
que todo es un bastante y claro indicio
del valor de esta gente y ejercicio”. Alonso de Ercilla

La Guerra de Arauco tuvo un doble carácter. Para los invasores significaba conquistar a sangre y fuego el territorio que habitaba el pueblo mapuche, para efectuar el despojo, el subyugamiento, el reparto de la tierra y proveerse de mano de obra. En cambio para los mapuches fue una guerra de Resistencia y Liberación.
Los Mapuches resistieron tres siglos, constituyendo una da las guerras más largas de la historia y los elogios vinieron del propio invasor.

“La gente que produce es tan granada, tan soberbia, gallarda y belicosa,
que no ha sido por Rey jamás regida,
ni a extranjero dominio sometida”


La llamada “pacificación de Arauco” donde los mapuches enfrentaron la agresión y usurpación de una gran proporción de sus tierras, instigada por la burguesía agraria y los especuladores, e implementada por los gobiernos serviles a esos intereses. El despojo es legalizado. -.
Pero comencemos desde el principio -.

La primera disposición legal del gobierno de Chile con respecto a los mapuches la emite el Director Supremo Bernardo O´higgins quien el 4 de Marzo de 1819 mediante un Bando establece que Chilenos e Indígenas son iguales ante la Ley. Bernardo O´higgins sentía profunda admiración por los mapuches, así lo muestran cartas por él enviadas tanto a su madre como a Simón Bolívar. A pesar de la firme resolución de O´higgins en defensa de todos los pueblos indígenas y especialmente del pueblo mapuche, las clases dominantes, los terratenientes, la burguesía minera, hostigandolo por no defender sus intereses lo obligan a abdicar en 1823.

La Ley Indígena de Ramón Freire y otros.

Inmediatamente que asume el poder, Ramón Freire, se apresurò a dictar el decreto, con fecha 10 de junio de 1823, cuyo texto es el siguiente:

1-. Que los intendentes de provincias, nombren un vecino con el respectivo agrimensor, se instruya a los pueblos indígenas que existen o hayan existido en su provincia

2-. Que midan y tasen las tierras sobrantes pertenecientes al estado*

3-. Que lo actual poseído según ley por los indígenas, se les declare en perpetua y segura propiedad.

4-. Que las tierras sobrantes* se sacarán a pública subasta, y remitirán sus respectivos expedientes a las capitales de provincias para que, dando el último pregón y verificando su remate se vendan de cuenta del Estado.

5-. Que los remates se harán por porciones, desde una, hasta diez cuadras, para dividir la propiedad y proporcionar a muchos el que puedan ser propietarios.


* Perteneciente al Estado o propiedad del Estado, reza el artículo dos, acaso esa no era tierra mapuche. * Sobrante, por que los mapuches no tenían documentación de dominio, y como tenerlas si para ellos la palabra privada no existía cuando de tierra se trataba, pues ésta era de uso común, sobrante y perteneciente al Estado, como si hubiese aparecido allí derramada y por tanto, se podía pisotear o robar.
El intendente designaba a hombres de su confianza para las tasaciones y el empadronamiento de las tierras mapuches, y lo que es peor aun, la propiedad mapuche perdió allí su carácter de propiedad social y colectiva, y la tierra se transformó en propiedad privada.
A pesar de la resistencia mapuche, Freire impone a la fuerza esta Ley con el apoyo de tropas.




El plan de Manuel Montt es tan anti-mapuche que hasta el historiador tan cercano al poder como Francisco Encina (“historia de Chile”, versión abreviada de Leopoldo Castedo) señala que este plan consistía en tres puntos:
1) Ocupación Militar
2) Reducción de los indígenas a pequeñas reducciones de tierra.
3) Colonización (que no es otra cosa que la privatización del despojo) La Ley promulgada el 2 de Julio de 1852 es en resumen lo siguiente:

Artículo 1.- Se establece la provincia llamada Arauco que comprenderá los territorios indígenas situados al sur del Bio-Bio y al norte de la provincia de Valdivia. Los territorios habitados por indígenas y fronterizos se sujetarán a las autoridades y al régimen que, atendida su circunstancia especial, determine el Presidente de la Republica.

Artículo 2.- Habla de los sueldos que percibirán el Intendente, un secretario, un oficial de secretaria y un juzgado de letras.

Artículo 3.- Se autoriza al presidente de la Republica para dictar las ordenanzas que juzgue convenientes para el mejor gobierno de la frontera, para la más eficaz protección de los indígenas, para promover su más pronta civilización y para arreglar los contratos y relaciones con ellos.

Artículo 4.- Se faculta al gobierno para que prescriba las reglas especiales a que el régimen de estas colonias deben sujetarse.

Artículo 5.- Que esta Ley durara por el termino de 4 años.



Manuel Montt Antonio Varas
Presidente de la Ministro de justicia
Republica de Chile



Posteriormente, el 14 de marzo de 1853 en la ciudad de Los Ángeles, se dicta el reglamento de la Ley anterior, que en su parte medular se lee:

1.- Toda compra de terreno hecho a indígenas o de terreno situado en esos territorios debe verificarse ante el gobernador de indias o Intendente de Arauco, éstos se preocuparan que el indígena, libremente y con su consentimiento venda el terreno que le pertenece y se asegurara que el pago convenido sea recibido.

2.- La misma formalidad se observará para el empeño de terrenos, para el arriendo por un tiempo que exceda los cinco años, en los arriendos de menos tiempo intervendrá, sino el gobernador de indígenas, el comisario del territorio respectivo.

3.- Si las extensiones del terreno fuera de más de mil cuadras el intendente deberá consultar al gobierno.

4.- Las ventas de los territorios de indígenas o de terrenos situados en los territorios de Arauco y Nacimiento no adeudarán alcabala. (Impuestos)

5.- Habrá excepciones en los arriendos por más de cinco años.

6.- Para cada territorio indígena se deberá llevar un libro en que se extenderán las escrituras de venta, empeño o arriendo. Estos libros serán llevados por los Secretarios de la Intendencia, deberán llevar la firma del intendente o del gobernador del territorio respectivo.

7.- Ni el intendente ni el gobernador de indígenas, ni otro funcionario que ejerza cualquier autoridad sobre ellos, podrá comprar terrenos de indígenas, ni de empeño ni arrendarlos.

8.- Todos los dueños de terrenos sean estos comprado a indígenas o “de cualquier modo”, deberán hacer tomar la razón de sus títulos en la secretaria de la intendencia de Arauco, en el termino de un año, no se admitirán reclamos posteriores a esta fecha.

Tómese razón, comuníquese y publíquese.

Manuel Montt Antonio Varas
Presidente de la Republica Ministro de Justicia
De Chile.



De la lectura de la citada Ley, se desprende el filisteísmo legalizado, pues a través de ella, los especuladores, o hacendados podían llevar a cabo las fraudulentas compras de tierras, estableciendo en ellas la propiedad privada y rompiendo la estructura tribal del pueblo mapuche. Las autoridades tenían poderes absolutos, podían validar o no los contratos de compra y venta. Con esta leonina ley quedó en evidencia la concomitancia de las autoridades de gobierno con la burguesía agraria al otorgar la liberación de impuestos para la compra de terrenos indígenas. En el articulo 6 a pesar de que se trata de tierra indígena, ellos no aparecen en los tratados de venta, empeño o arriendo.
El grado de corrupción, de especulación desenfrenada y la cantidad de irregularidades, que provoco el articulo 8 “ adquiridas de cualquier modo” fueron de tal magnitud que hasta las propias autoridades de gobierno lo reconocieron en informes y documentos escritos y, Vicente Pérez Rosales los recoge en su libro Recuerdos del pasado, editorial zig zag 1954.

Proyecto de Ley en el gobierno de Manuel Montt es el siguiente
Santiago, 4 de Diciembre de 1866
Por cuenta del congreso nacional se ha aprobado el siguiente:
Proyecto de Ley


Art. 1 Fúndese poblaciones en los parajes del territorio indígenas que el Presidente de la Republica designe. Debiéndose adquirir por el estado los terrenos de propiedad particular

Art. 2 Los sitios que se dividirán estos terrenos destinado a poblaciones se concederán gratuitamente a los pobladores. Se auxiliara a los indígenas que quieran avecinarse en las nuevas poblaciones.

Art. 3 Los terrenos que el estado posee actualmente y los que en adelante adquiera, se venderán en subasta publica, en lotes que no excedan las quinientas hectáreas.
El precio mínimo se fijara en lo que el gobierno los haya adquirido, y con respecto a los baldíos será el que fijen dos ingenieros que se comisionaran para el efecto.
El precio se pagara en cincuenta años entregándose un dos por ciento cada año, sin intereses. Sin embargo, una parte de los terrenos se destinara al establecimiento de colonias de nacionales o extranjeras con arreglo a las leyes que rigen esta materia.

Art. 4.- Los contratos traslaticios de dominio sobre terrenos situados en territorios indígenas, sólo podrán celebrarse válidamente cuando el que enajena tenga titulo escrito y registrado competentemente.
Siendo indígena, alguno de los contratantes, se necesita además, que el contrato se celebre con arreglo de la prescripción del decreto ley de 14 de marzo de 1853 (Autorizado por el Intendente o gobernador de indígenas)

Art. 5.- Se procederá a deslindar los terrenos pertenecientes a los indígenas por una comisión de tres ingenieros que designara el Presidente de la Republica, debiendo asesorarse por el Juez de Letras más inmediato en los casos que estimaren conveniente. Estas disidencias serán gratuitas.

Art. 6.- De cada extensión o región de los territorios del anterior articulo se levantará Plano, en el cual se marcaran las posesiones asignadas a cada indígena o a cada reducción y las que por no haber sido asignadas se reputen como terrenos baldíos.
Para los efectos de este articulo, se reputaran como terrenos baldíos y por consiguiente propiedad del estado, todos aquellos respecto de los cuales no se haya probado una posesión efectiva y continuada a un año por lo menos.

Art. 7.- Toda operación de deslindes se practicara con la citación de los poseedores colindantes y con la intervención del Protector de Indígenas, debiendo proceder los ingenieros conforme a las siguientes reglas:

1- La ocupación efectiva y continuada por el tiempo designado en el inciso dos del articulo anterior, será titulo bastante para que el indígena sea considerado como dueño

2- Cuando varios indígenas, pretendan derecho sobre un mismo terreno, se considerará como dueño al que haya poseído los últimos cinco años.

3- Si varios indígenas poseyesen un mismo terreno, sin que ninguno de ellos pueda establecer posesión exclusiva sobre una porción determinada, se les considerara como comuneros y se les dividirá en partes iguales.

4- Los derechos de propiedad que deberán reconocerse a favor de los indígenas se entenderán siempre a favor del que sea cabeza de familia.

5- Cuando sean los ocupantes de un terreno, de una reducción dependiente de un cacique, se los tendrá a todos por comuneros, y se deslindara el terreno como propiedad común.

Art. 8.- En los terrenos fronterizos de indígenas habrá un letrado con el titulo de Protector de Indígenas, el cual ejercerá las funciones que atribuye a los Intendentes y Gobernadores el decreto de 14 de Marzo de 1853 que representará los derechos indígenas en toda circunstancia.

Art. 9.- El Protector de Indígenas gozará de un sueldo de tres mil quinientos pesos anuales.

Art.10.- El Protector, los Ingenieros y el Secretario no podrán adquirir, durante su comisión, para sí ni para sus parientes terreno alguno de los indígenas.

Art.11.- Las propiedades que no fueran de los indígenas, sus deslindes se demarcarán de un modo visible y permanente.

Y por cuanto oído al consejo de estado, ha tenido a bien aprobarlo, promúlguese y llévese a efecto en todas partes como Ley de la Republica.


De la Ley anteriormente descrita, se establecen al menos tres importantes consecuencias:

- Privatización de las tierras: Por una parte se legitima la adquisición de tierras mapuches, por parte de particulares o, a través de la apropiación del Estado Chileno de una porción muy grande de territorio mapuche, declarándola propiedad fiscal. Como, según parece, el propósito era defender a los latifundistas y a los especuladores, se procede a rebajar el valor de las tierras a precios ridículos para entregarlas posteriormente en publica subasta y pagaderos a Cincuenta años con cuotas mensuales y sin intereses

- La llamada “protección” indígena: La ley declara a los indígenas como sus protegidos y a reglón seguido les restringe la capacidad jurídica y los deja en la absoluta indefensión frente al apetito voraz de la oligarquía agraria.

- Destrucción de su estructura social, económica y política: Al establecerse la división en familias se destruye su organización social, la de las tribus y del uso de la tierra.


Para legalizar el despojo al cual fue sometido el pueblo mapuche, se procedió a dictar la Ley con fecha de 4 de Diciembre de 1866, bajo el Gobierno de José Joaquín Prieto, quien fuera fiel defensor de los intereses de la oligarquía agraria.

Entre los años 1866 y 1972, es decir por espacio de 106 años se dictaron diversas Leyes y decreto, todos ellos cual más, cual menos, apuntaron a dos objetivos esenciales, por una parte consolidar el despojo y asegurar la propiedad civil mestiza terrateniente y por la otra, intentar por todos los medios posibles evitar un alzamiento mapuche, que desde siempre tuvieron el propósito de recuperar sus tierras y sacudirse del sistema de dominación que les aplastaba e impedía su desarrollo como minoría étnica de Chile.
En el tratamiento que los gobiernos de Chile han dispensado a los mapuches, los hay desde los que desarrollaron una represión militar a sangre y fuego como los gobiernos de Manuel Montt, José Joaquín Pérez, Federico Errazuriz, entre los más duros pasando por Domingo Santa Maria, hasta los de carácter reformista, cuya máxima expresión fue el gobierno Demócrata Cristiano de Eduardo Freí.


No quisiéramos dejar de mencionar Leyes y Decretos que dicen relación con la legislación indígena.


- Ley del 4 de Agosto 1874, “prohíbe la venta de tierras indígenas, aún aquellas con titulo de dominio, con excepción de las provincias de Valdivia y Llanquihue”.


- Ley del 11 de Enero de 1891, “Hace extensiva las prohibiciones para las zonas de Valdivia y Llanquihue”.


- Ley del 20 de Enero de 1893, “Restituye al protector de indígenas y a la comisión de ingenieros, los cuales quedaron facultados para determinar la validez jurídica de los títulos de dominio”.


- Ley 4.169 del 20 de Agosto de 1927, “durante la primera administración de Carlos Ibáñez del Campo, éste hizo aprobar las leyes 4.169, 4.310 y 4.510, todas las refundidas posteriormente por decreto Supremo 177, del 14 de Enero de 1929, y cuyo texto definitivo fue promulgado mediante el decreto Supremo 4.444 con fecha 4 de Octubre de ese mismo año. Posteriormente hubo distintas modificaciones parciales y sucesivas hasta culminar con el decreto Supremo 1.600 del 31 de Marzo de 1931. “Las disposiciones contenidas en este cuerpo legislativo, entre las más importantes figuran la creación y jurisprudencia de los juzgados de indios, que no buscaba, sino perpetuar el sistema de dominación sobre los indígenas mapuches y masas de empobrecidos campesinos”


- Ley 11.511, del 3 de Enero de 1961, Dictada en el gobierno de Jorge Alessandri, fue redactada con el mismo criterio anterior, solo que mucho más perfeccionista en su articulado, mantiene en lo central la idea del procedimiento y carácter de división de las comunidades indígenas, el otorgamiento de títulos de merced (Pequeños parceleros o minifundistas), el funcionamiento y creación de nuevos juzgados de indígenas, y otras disposiciones complementarias.




El pueblo Mapuche y la reforma agraria


Los Estados Unidos preocupados por el ascenso del conflicto social en América Latina, con el triunfo de La Revolución Cubana en Enero de 1959 y, por el potencial revolucionario de este proceso. Preocupados también por el enorme impacto que produciría en todos los pueblos subyugados y explotados por el imperialismo y en su afán de mantener este sistema de dominación, creé conveniente aliviar la enorme presión social y lanza un programa denominado “Alianza para el Progreso”
Es en esta perspectiva, que los Estados Unidos presiona al gobierno de Jorge Alessandri (1958 – 1964) para que efectúe una reforma agraria “Preventiva”. Así lo confirma algunos años después Robert Kennedy quién declaró durante una visita a Chile: “Estados Unidos está comprometido en una reforma agraria a fondo a través de la Carta de Punta del Este. Creemos que entregar las tierras a quienes no la tienen, lejos de ser comunistas, es la mejor respuesta al comunismo y una prueba de que la justicia social puede lograrse en libertad”.


1° Reforma Agraria Ley 15.020.

“La Reforma de Macetero” (Llamada así sarcásticamente por el pueblo)
El 15 de noviembre de1962 se promulga la primera Ley de reforma agraria. Al término del periodo presidencial de Jorge Alessandri, sin embargo no se había efectuado una sola expropiación. El Estado procedió a comprar algunos fundos a grandes Latifundistas tales como José Larraín García-Moreno o a Salvador Correa Larrain entre otros muchos. Estos hacendados hicieron un suculento negocio pues vendieron a la Caja de Colonización, a precios que a veces alcanzaron el séxtuple del valor comercial.
Esta reforma hizo propietarios a sólo 1.210 familias. De las cuales solo el 5 por ciento era de origen mapuche y las tierras entregadas eran de propiedad fiscal.
Con esta reforma, en la practica todo quedó igual, puesto que no se altero en absoluto la estructura agraria del país, ni campesinos ni mapuches lograron obtener beneficio alguno con esta Ley.


2ª. Reforma Agraria - Ley 16.664.

Después del fracaso de la Ley 15.020, en el año 1964 triunfa el candidato Demócrata Cristiano Eduardo Frei, en cuyo programa de gobierno plantea la necesidad de efectuar una reforma agraria. Después de larguísimos tramites parlamentarios fue promulgada en 1967 una reforma al artículo 10 (inexpropiabilidad de bienes particulares) inciso numero 10 de la Constitución Política del Estado. En ella queda establecida la forma de pago para las expropiaciones.
Algunos aspectos importantes de señalar con relación a los mapuches, son que si bien es cierto, que esta nueva ley mostró un mínimo de preocupación, no resolvió los problemas indígenas, por cuanto sólo se limito a crear la Dirección de Asuntos Indígenas que tenia por misión la de presentar a las autoridades de gobierno los problemas mapuches, pero no tenia ninguna capacidad de resolución. Esta Ley fue promulgada el 16 de Julio de 1967. Durante los seis años del gobierno de Frei, se expropiaron en total 1.408 predios agrícolas. De ellos, 400 fueron ofrecidos a la CORA por sus propietarios en forma voluntaria, cuya indemnización satisfizo a sus propietarios. Se asentaron 29.000 familias en un total de 910 asentamientos y se dieron títulos de dominio a 5.600 jefes de familia. No fueron 100.000. como lo prometía Frei durante su campaña electoral.


3ª. Reforma Agraria.

El 4 de Noviembre de 1970, la unidad Popular asumía el gobierno. El Presidente Salvador Allende se proponía cumplir el programa que se aprobara con su elección.
El programa agrario contenía los siguientes puntos:

1.- Aceleración del proceso de la Reforma agraria, expropiando los predios que excedan las ochenta hectáreas, sin que el dueño tenga derecho preferencial a elegir reserva (2ª. Reforma)

2.- Incorporación inmediata al cultivo agrario de las tierras abandonadas y mal trabajadas de propiedad fiscal

3.- Organización de las tierras expropiadas, de preferencia en forma de cooperativas entregando al campesino títulos de dominio sobre la casa y el huerto, y sobre sus derechos en el predio indivisible de la cooperativa.

4.- En casos calificados, asignación de tierras a pequeños agricultores, arrendatarios, medieros y empleados agrícolas.

5.- Reorganización del minifundio a través de formas progresivamente de cooperativas de trabajos agrícolas.

6.- Incorporación de los pequeños y medianos campesinos a las ventajas y servicios de las cooperativas de su zona.

7.- Defensa de la integridad y ampliación de la dirección democrática de las
comunidades indígenas amenazadas de usurpación, y que el pueblo mapuche y
demás indígenas, se les asegure tierra suficiente y asistencia técnica y
crediticia.



Esta reforma se caracterizó por su masiva y acelerado impulso. Para comprobar lo anterior basta con comparar lo realizado, durante sólo el primer año, de gobierno del Presidente Salvador Allende con los seis del gobierno de Frei y tendremos los siguientes resultados:

Con Frei se incorporaron a la reforma agraria un total de 3.358.169 hectáreas que corresponden a 1.408 predio. En cambio en el periodo comprendido entre el 1º de diciembre de 1970 y el 1ª de Agosto de 1971, es decir en ocho meses ya se habían incorporado a la reforma agraria 1.260 predios, con un total de 2.188.950 hectáreas y un total de aproximado de 14.000 familias fueron asentadas, comparados con las 29.000 durante los seis años del gobierno de Frei. Para el 30 de noviembre de 1972 se expropiaron 2.306 predios que suman 2.756.143 hectáreas las que sumadas con las anteriores totalizan 4.945.093 hectáreas.

Este rápido y profundo proceso significaron una revolución en el agro Chileno y fue objeto de atención y análisis de los organismos internacionales.

El IV informe de las Naciones Unidas sobre Reforma agraria señala lo siguiente:
“Reforma Agraria es, en su acepción más estricta, sinónimo de reparto o redistribución de la tierra... y equivale a redistribuir la riqueza, de la renta, de la categoría social y del poder político. Representa en suma, un cambio revolucionario de la estructura social”.
De todas las disposiciones contenidas en esta legislación “Ley 17.729” que por primera vez tiene una visión global de las necesidades de los hombres de la tierra. Diez de ellas asoman como las más importantes para el tema que nos reúne:

1 .- Definición de indígena.
Se establece los requisitos para tener carácter de indígena, para efectos jurídicos y poder estar a efecto a los beneficios que otorga la Ley.

2 .- Que se entiende por propiedad indígena.
Se precisa lo que se entiende por propiedad indígena para todos los efectos legales y resguarda debidamente los derechos de las comunidades indígenas así lo señalan los artículos 2 al 7.

3 .- Se termina con la incapacidad legal.
Toda la legislación anterior había consagrado la incapacidad jurídica de los indígenas, como prueba evidente de la discriminación a las cuales han sido sometidos los indígenas Chilenos y en especial el mapuche; esta disposición contenida en el artículo 8, le otorga igualdad jurídica en relación con la propiedad.

4 .- Se resguarda la propiedad común.
La Ley establece que la propiedad del suelo indígena no es propiedad privada, sino que pertenece a toda la comunidad y está al servicio de la producción de ésta. Las disposiciones contenidas en los artículos 6, 7 9 al 16 asegura que el traspaso de los derechos comuneros, si algún comunero desea abandonar voluntariamente la comunidad sus derechos o patrimonio pasa a la comunidad y tiene derecho a la cancelación correspondiente a su patrimonio.

5 .- La inembargabilidad y la sucesión de la tierra y bienes.
Los Artículos 15 y 16 establecen que la tierra, las sementeras, los aperos y los créditos que provengan de la comercialización de los productos de la tierra indígena son inembargables mientras se conserven en el dominio de loas indígenas. Respecto a la sucesión dice que tendrán derecho a ella, sólo los herederos que vivan y trabajen personalmente en tierra indígena, por causa de muerte, destinación o adherencia.

6 .- Restitución de tierras a indígenas, expropiación a propietarios no indígenas.
Este es uno de los aspectos más importantes de esta Ley que ahora comentamos, allí se establecen los procedimientos jurídicos para el dominio efectivo y restitución legal de las tierras y lo precisan los artículos 17 al 33.

7 .- Creación del Instituto de Desarrollo Indígena.
Desde los Artículos 34 al 52 se establece la transformación de la anterior Dirección de Asuntos Indígenas en Instituto de Desarrollo Indígena y se establecen sus atribuciones y funcionamiento.

8 .- Otorgamiento de Asistencia.
En el Articulo 35 se reconoce que el pueblo mapuche requiere para su desarrollo asistencia técnica, económica, social y de cualquier tipo que se requiera.

9 .- De la creación de organizaciones.
Para defender y desarrollar las organizaciones que los propios mapuches estimen crear para defender sus legítimos derechos, queda consagrado en el Articulo 35, inciso F

10.- Normas de desarrollo educacional.
Desde el Articulo 68 al 73, se establece la obligación del Instituto de Desarrollo Indígena para promover la educación, profesional y técnica de los indígenas. Desarrollar la cultura y la artesanía; el articulo 72 señala que las universidades del país, deberán reservar un numero determinado de matriculas para estudiantes indígenas. Que el instituto de Capacitación Profesional (INACAP) deberá destinar anualmente un porcentaje no inferior al 10 por ciento de sus recursos para la promoción, capacitación y adiestramiento de campesinos indígenas.



Como se puede deducir de lo anterior, esta ley rompe con todas las concepciones de las cuáles estaban revestidas todas las anteriores legislaciones indigenista, no se trataba ahora, de legitimar y perpetuar el sistema de propiedad civil, sino más bien, producir las profundas transformaciones del sistema de propiedades estructurales, siendo su objetivo sustancial el alterar el sistema económico, político y social que hasta entonces había mantenido en la dominación, miseria y explotación al pueblo mapuche, se buscaba la realización plena, entregándose un aporte integral y vincular a las minorías étnicas al proceso revolucionario Chileno.



Durante la dictadura militar encabezada por Augusto Pinochet, fechado en Santiago 28 de Marzo de 1979 aparece el Decreto Ley 2.568.
Entre los “considerándose” de esta Ley son destacable las siguientes aseveraciones:


- La erradicación del Instituto de Desarrollo Indígena y la creación del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP)

- Que la aspiración evidente de los indígenas es llegar a ser propietarios individuales de las tierras.

- Que a partir de la fecha de su inscripción en el registro de propiedades del Conservador de Bienes Raíces las hijuelas resultantes de la división de las reservas dejarán de considerarse tierras indígenas e indígenas a sus dueños o adjudicatarios.

- Se defina en forma precisa los términos de reserva, goce, hijuelas, indígenas y ocupante. Siendo:

- Reserva: Las tierras amparadas por títulos de Merced, mientras estas sean de propiedad común.

- Goce: diferentes porciones de terrenos explotadas por una persona que las explota en forma independiente y en su provecho.

- Hijuelas: porción de terreno que en la división de la reserva se adjudique una persona en propiedad individual y exclusiva.

- Indígenas: Es toda persona que posea derechos que emanen directa o indirectamente de algunos de los títulos que amparen las llamadas reservas o la calidad de herederos de los que figuran o han debido figuraren ellos.

- Ocupantes: Las personas que poseyendo o no derechos, exploten en forma independiente en goce en una reserva. Los arrendatarios de uno o más goces de una reserva pertenecientes a comuneros que sean asignatarios de tierras en el área agrícola reformada y a las personas que posean y exploten por cuenta de terceros.

- Que todos los ocupantes de una reserva son comuneros de ella y tienen la calidad de indígenas. Las demás personas se tendrán por particulares.

- Que cualquiera de los ocupantes de una reserva puede pedir partición judicial de ella. (Antes solo era divisible si la mitad más uno solicitaba la partición.)

- Que la reserva ya dividida por sentencia judicial, se cumplirá la división sentenciada con ayuda y el auxilio de la fuerza publica.

- Que las tierras y bienes indígenas son embargables, para pagar créditos que contraigan con cualquiera institución financiera.

- Que al declarar extinguido el Instituto del Desarrollo indígena (IDI), se extingue también el desarrollo social educacional y cultural de los indígenas (Universidades, INACAP, Artesanía, etc.), la prestación de asistencia técnica y legal de la IDI, el financiamiento y ejecución de proyectos de desarrollo y los mejoramientos de las condiciones sanitarias.


De esta ley podemos anotar que:


- El decreto Ley 2.568 fue un atentado a la existencia del pueblo mapuche, pues, por intermedio de ella se dejo de respetar el uso común de la tierra, cuestión básica en la cosmovisión mapuche.

- Dejo de considerarse tierra indígena a los suelos divididos.

- Dejaron de ser indígenas los dueños de hijuelas o goce y sus adjudicatarios.

- Que incluso las canchas sagradas destinadas a los guillatunes, que nadie puede tocar, de acuerdo a la religiosidad del pueblo mapuche, pueden por intermedio de esta ley dividirse. Violentando de esta manera un sentimiento religioso tradicional, íntimamente vinculado a la tierra.

- La inexistencia de tierras y bienes inembargables.

- Sólo las hijuelas son indivisibles. (Por la esperanza leonina de una venta futura)

- Al ser indivisibles pero embargables se convierten en enajenables.

- En ningún caso esta ley promueve o estimula la organización de cooperativas de agricultores indígenas.









De la transición y El conflicto del Alto del Bio-Bio.

Las movilizaciones ocurridas en la transición de la dictadura de Pinochet a la democracia, ocurre en el contexto de los 500 años de resistencia, de todos los pueblos originarios. En los años 1980 surge un nuevo movimiento indígena que se opone a la división de las comunidades mapuches. La Dictadura militar de Pinochet repostuló, como hemos visto, la propiedad privada de las comunidades indígenas y la división de la tierra, luego se firmaron pactos con la nueva autoridad y se obtuvo una “nueva ley indígena”, que reconoce sus derechos y diferencias con respecto a la sociedad Chilena. Sin embargo la construcción de una serie de hidroeléctricas en el río Bio–Bio (Alto Bio-Bio) han puesto en tensión la validez estas políticas. La ley indígena tiene como principales asuntos los siguientes:

1 -. Proteger las tierras indígenas* prohibiendo su venta a mestizos y solo pueden ser permutadas con el consentimiento del jefe de familia *.

2 -. Establece un fondo de tierras, para comprar tierras a no indígenas y ser posteriormente entregadas a las comunidades.

3 -. Estableció un fondo de desarrollo para el fomento de comunidades indígenas.

4 -. Estableció Áreas de desarrollo indígena *, tendiente a focalizar zonas de desarrollo.

5 -. Reconoce las diferencias de etnias y se le otorga personería jurídica.

6 -. Establece la educación bilingüe.

7 -. Creación de la organización CONADI (Corporación Nacional de Desarrollo
Indígena.)

Hoy, como antes, – dicen los mapuches –, nos vemos enfrentado a tratados que no se respetan, o sólo se respetan cuando éstos le convienen al Estado y en los Puehuenches del Alto del Bio–Bio tenemos el ejemplo, allí existen siete comunidades que hasta años muy recientes vivieron aislados de la comunidad Chilena, ahora esta siendo sometidos a cambios acelerados, los que se han acentuado con la tala de bosques y principalmente con la construcción de las hidroeléctricas.
Combinan en esas tierras muchas actividades siendo la principal la ganadería y la recolección de los piñones en verano. Hay poca agricultura y en muchos casos no se realiza ningún tipo de cultivo, a excepción de las tierras bajas, muchos jóvenes hoy salen a trabajar como peones asalariados y hay muchas jóvenes mujeres que salen a trabajar, emigrando como empleadas domesticas.





El Proyecto

Desde hace varias décadas la empresa nacional de electricidad (Endesa) realizó los estudios para la construcción de una cadena de hidroeléctricas en el curso del río y sus afluentes. Se argumenta a favor de este proyecto el hecho de la regularidad pluviométrica y caudales de los ríos, su cercanía con los centros industriales más importantes del país, y la rápida caída de altitud que tienen estos ríos. Esta empresa fue privatizada durante el régimen militar, hoy esta en manos Españolas, y ya se construyó la represa Pangue, ubicada aguas abajo de la represa de Ralco, que fue concebida sin importar, en demasía, el impacto ambiental. En el caso de Ralco, se trata, ahora, de una inmensa represa que inundara prácticamente todas las áreas bajas de esta zona, dejando bajo sus aguas las tierras de cultivo, los pastizales para animales en los largos inviernos (invernadas) y las casas de ochenta y cuatro familias Pehuenches.
La necesidad de relocalizar a estas familias que pierden todos sus bienes, sin contar el despojo de su tierra ancestral y su cultura y cosmovisión es quizás el asunto más complejo de la construcción de esta represa.
La población directamente afectada pertenece a dos comunidades denominadas Ralco Lepoy y Quepuca Ralco. Las personas de estas comunidades casi no han sido informadas, sin haber tenido la oportunidad de conocer desde el inicio al conjunto de situaciones a las que estarían sometidos.

- El traslado solo nos traerá más pobreza –
(Domingo Namuncura. “Ralco ¿Represa o Pobreza?. LOM Ediciones 1999.)

Se adquirió el Fundo “El Barco” que esta ubicado aguas arriba de Ralco, cuyas condiciones ambientales son de las más duras de la zona, los analistas creen que no tendrán posibilidades ciertas de sobrevivir con las proyectadas tierras de relocalización que el Estado y la Empresa Proponen.

Es un atropello al tratado de la ley indígena. (Pág.15)

(1) * Ventas o trueque cuando sólo el jefe de familia lo solicite.
(2) * Protección a los territorios mapuches.
(3) * Áreas de desarrollo.

Acaso éstos no eran los puntos neurálgicos del tratado concertacionista

Pretender obtener por la persuasión y la propaganda, la dulcificación de las costumbres bárbaras del araucano, es pretender una quimera, es pretender la realización de un bello sueño de 300 años. Pensar en domesticar al indio poniéndole en contacto pacifico con el hombre civilizado, es otro bello ideal que solo puede tolerarse a las dilataciones generosas del sentimentalismo y la poesía.
El Mercurio 27 de Mayo de 1859

Que nos entreguen los terrenos usurpados es el grito que debe hacer eco en los oídos de los legisladores, para que sepan que queremos radicación.
Nuestra raza ha vivido abandonada a las agitadas olas de un mar de ladrones audaces, que jamás han trepidado para robar al indio lo que le pertenece; primero le robaron sus mujeres, después pretendieron robarle su libertad, enseguida sus animales, y por ultimo su suelo querido (...) Han propalado a los cuatro vientos que somos una raza degenerada, que somos ladrones, flojos y viciosos (...) Puedo decir que la primera semilla de ignominia fue arrojada en este apartado rincón del mundo por los conquistadores de nuestro territorio. *

Estos últimos párrafos parecen un discurso tan reciente, sin embargo fueron emitidos el 16 de Diciembre de 1916 y publicado en el Diario Austral bajo el titulo:
“El comicio indígena de ayer”, y el discurso de Panguilef concluía diciendo:

¡ Cómo se ha querido matar la raza! ¡ Pésele a los ladrones y asesinos de nuestro pueblo!
¡ No moriremos ¡

Como mencionamos en la Introducción nos pareció importante conocer lo que escribían los Diarios, pues de alguna manera, no menor, esas letras impresas fueron la fuente de regadío para la blasfemia y el pase de honor para la muerte y el despojo.



EL EXTERMINIO y EL ROBO

El araucano de hoy día es tan limitado, astuto, feroz y cobarde, al mismo tiempo ingrato y vengativo, como su progenitor en tiempo de Ercilla; vive, come y bebe licor con exceso

El Mercurio, Valparaíso. 24 de Mayo 1859


Nada hay que esperar de ellos, como lo enseña la experiencia de siglos; pues no sólo se oponen a la civilidad, por la fuerza de sus pasiones y costumbres materiales con las que están brutalmente halagados, sino por sus ideas morales que tienen bastante malicia y cavilosidad para discernir.

El Mercurio 11 de Mayo 1859


En 1872 se efectuó un avance de tropas hasta el río Malleco, sin encontrar resistencia, esta situación no experimentó variaciones sino hasta el año 1878, año en que el ministro de guerra, Cornelio Saavedra dispuso el avance hasta el rió Traiguen. Sabiendo los mapuches del riesgo a que se exponían con una declaración de guerra, procedían a trasladar a sus familias:

Varias expediciones entraron a la tierra en los años siguientes (68 –69) Una llegó hasta Chanco, donde vivía Quilapan. Le quemaron su casa, se traslado entonces a otra parte, más tarde huyo de Chanco, el ejercito Chileno lo perseguia sin descanso, él, se refugio en Loncoche en un sitio oculto donde los soldados Chilenos no lo hallaran.
Ultimas Familias, testimonio de la mujer de Quilapan.



La campaña de Pinto se transformo en una operación de pillaje. Se aplico la política de “tierra arrasada”. se quemaban casas, rucas y sementeras. Se apresaba a cuanto ser viviente se encontrara, asesinado mujeres y niños. Se arreaba con todos los animales y se los entregaban a la tropa como botín de guerra.




Desde entonces los proyectados arreglos pacíficos
con los indígenas, se convirtieron en una guerra asoladora, en una guerra de exterminio, que el propio ministro Errazuriz y el Presidente olvido sus propósitos de protección que les hizo a los caciques. (Los escucho como un padre. Publico El Mercurio a fines del 60, con referencia al viaje del Sur del Presidente).
Fue un vértigo lo que se apodero del gobierno y es todavía un vértigo lo que impide ver claro en esta cuestión. Don Cornelio Saavedra por mas que se trate de ocultarlo, es uno de los autores de la actual guerra con los indios(...) puesto que a los indios de quilapan sin haber necesidad los amenazo con la guerra, y ésta ha nacido por los desaciertos del autor y por la aspiración de que se le tenga por el hombre del Sur, por el hombre de la araucania, una especie de Colon.
Cuéntase al efecto, que el Coronel Saavedra le ha sugerido con destreza a S.E. la idea que él es el único hombre que puede ocupar militarmente la Araucania y reducir a los indios.

El Meteoro 6 de Marzo 1869




El día 22 llegó la división a Angol, (salieron el 13 de marzo) trayendo mil cuatrocientos animales vacunos, trescientos caballares, y un poco de ganado lanar.
Se han incendiado como quinientas casas y una gran cantidad de sementeras de trigo y chascaras pertenecientes a las tribus enemigas. Este escarmiento parece que ha causado buen efecto entre los indios que han tomado parte en la guerra; y por eso se han presentado sumisos y obedientes.
Sí el gobierno continua por un año más castigando a estos salvajes ladrones, la tranquilidad de la Araucania quedara asegurada para siempre. Que se sometan o emigren, así nuestras tropas podrán ocupar las riberas del Cautín.
Otro de los buenos resultados de la última expedición será el conocimiento practico que se ha tomado de la mayor parte del territorio Araucano. Conocimiento indispensable para adoptar un plan de campaña definitivo.

El Mercurio de Valparaíso 5 de Abril de 1869


La Masacre contra los indígenas, institucionalizada por el Estado Chileno, con las leyes injustas y amparadas en la fuerza del ejercito, todavía hoy nos horrorizan. En el Sur, la voz liberal del Diario Los Ángeles, cuya conciencia humanitaria se deja ver cuando exclamaba:

Después de los horrores de los asesinatos, de los robos y salteos a mano armada que se han cometido con los indios, todavía se decreta contra ellos una guerra de exterminio (subrayado en el original)
¿ Y quieren que no defiendan sus tierras, su familia, su ganado y su oro.

El Meteoro de los Ángeles 19 de Dic. 1868


Y en Santiago el Diario La Republica se lamentaba:

Es deplorable que un ejercito que se estima, que las fuerzas regulares de una nación como Chile, se vean en la dura necesidad de hacer el papel de montoneros, no teniendo como arbitrio que tocar contra salvajes bandoleros que la más triste retaliación

La Republica 17 de Febrero de 1869


El Diario Santiaguino, El Ferrocarril, el de más prestigio de la época señalaba:

Estos son hechos: el general Pinto a sembrado terrenos fiscales i ha ordenado el arreo de animales indígenas i el incendio de sus rucas i sementeras; i en vez de guerra de soldados, hemos tenido así en la frontera, guerra de pastores i de pillaje desmoralizador.
Estos hechos son los que la opinión ha denunciado i El Ferrocarril, al sacarlos a la publicidad para que se explicaran suficientemente, i sus autores, cualesquiera que sean pudieran dar estrecha cuenta de sus actos para desvanecer rumores que ha nadie honran

El Ferrocarril 17 de febrero 1869



Hasta el Diario El Mercurio de Valparaíso, que había defendido la ocupación de la Araucanía, se vio obligado a referirse al estilo de guerra que se estaba llevando a cabo:


En Varias ocasiones se nos ha acusado de pedir la guerra de exterminio, por que deseamos que se haga con los indios un serio escarmiento.
Si somos civilizados, ¿ Cómo es posible que hagamos al Araucano una guerra de salvajes?
No hai que avanzar imprudentemente. Defiéndase el territorio adquirido, puéblese de colonos y dejemos que la civilización se encargue por sí sola de lo demás.
Todos estamos conforme de que es necesario colonizar e introducir paulatinamente los hábitos de la vida civilizada entre los indios. Todas las correspondencias que nos vienen del sur demuestran que los Araucanos son allí señores de vida de y haciendas.
La dificultad ha llegado a un punto en que es preciso tomar una resolución definitiva: o se gasta lo necesario para contener a los salvajes en la línea de fortificaciones, o se abandona el territorio ganado y se retiran las tropas con armas y bagajes.

El Mercurio de Valparaíso 5 de febrero de 1869



La discusión y el debate aparecen prácticamente todos los días e en los Diarios de Santiago y Valparaíso, a pesar de ello, la campaña siguió adelante y el mismo presidente de la republica preparó un viaje al Sur para apoyar al criticado ejercito El Diario el Ferrocarril es concluyente:

El Ferrocarril, abogando por lo que ha creído de justicia i por la conveniencia del país, ha sido constante enemigo de la guerra que hoi se hace a los salvajes; guerra de inhumanidad, guerra imprudente, guerra inmoral, que no da gloria a nuestras armas, provecho al estado ni prestigio a nuestro pabellón

El Ferrocarril 25 de Febrero de 1869

Este Diario responsabiliza a Pinto de los hechos ocurridos, y libera de toda culpa a Cornelio Saavedra, señalando que su política fue siempre netamente pacifista. Aunque no se trata de hacer juicios históricos improcedentes, pero es evidente que Pinto estaba bajo las órdenes de Saavedra y este último era responsable del plan en su conjunto. Saavedra siempre combinaba la violencia con la negociación y el mosto con la pólvora.

Sí el año 1868 y 1869 había causado horror en Santiago y en otras ciudades, la guerra entre los años 70 y 71 comenzó a caer en el ridículo. Sé veía que el ejercito no lograba mantener ni un palmo de tierra, que se paseaba por el invierno sureño quemando y requemando rucas, robando ganado ((cada vez menos) y matando uno que otro mapuche, pues éstos ya habían descubierto la formula adecuada, recordando su pasado, atacando, otra vez, con pelotones dando golpes parciales, así durante estos años hubo ataques a colonos, a fuertes de la línea del Malleco, a destacamentos aislados.

Los Diarios de Santiago se reían de los partes de guerra:

Las expediciones penetran al interior; pasan noches i días al sol, al viento y a la lluvia; atraviesan sus ríos caudalosos, andan distancias prolongadas i vuelven después con el lodo hasta las rodillas. Los indios desaparecen como el humo.
Luego continua:
Hablando con franqueza debe reconocerse que no son dignas al estilo de un Homero las ultimas hazañas. Resumamos. Han ido al territorio indígena 1300 hombres, los resultados obtenidos son los siguientes:
Chozas incendiadas. 126
Animales aprenhendidos. 345
Cautivos. 18
Muertos. 14

Sin contar con otros capítulos que parecen de una importancia extrema

Se encontró una carabina Spencer
Se recobro una silla de montar
Se sorprendió a una india con dos menores recogiendo manzanas.

Continua más adelante;

La gloria del ejercito consiste en el mayor o menor numero de tizones que deja por donde pasa i en el mayor numero de animales que conduce al campamento.

Editorial del Diario El Ferrocarril 10 de agosto 1870


La prohibición de comprar tierras a los indígenas, la nulidad de los contratos puso al Estado en posición de las tierras que se iban ocupando.

El coronel Basilio Urrutia en reemplazo de Saavedra, comenzó los remates de tierras, realizándose el primero de ellos en Santiago el 2 de Noviembre de 1873, fueron 46.127 hectáreas de hijuelas de diferentes tamaños, pagándose un tercio al contado y el resto a 10 años. En Julio de 1875 se llevo a cabo el segundo remate de más de 50.000 hectáreas cercanas a Angol. En Mayo del 78 el tercer remate de más de 77.000 hectáreas correspondiente a Lumaco, Puren, Los Sauces hasta el Malloco.

Se inauguraba así el sistema legal de expropiación indígena, que iba a constituir la propiedad privada y mestiza en la zona sur del país.

La muerte y el atropello recorrió el sur vistiendo de uniforme, desparramando pólvora, asesinando, no se detuvo frente a las mujeres, la represalia principal fue quitar las tierras y matar los niños, avanzó cabeza gacha y disparando, desvistió a los indígenas para vestir a la burguesía, privando de libertad a la gente de la tierra, los arrinconó contra la vergüenza y las reservaciones, les llamaron peligroso indios salvajes, les llamaron bárbaros sanguinarios por defender lo que tenían y, después de cuatro siglos de resistencia, los mapuche se durmieron. Sólo se durmieron o callaron


Lo que hemos conseguido con la civilización que dicen
que nos han dado, es vivir
apretados como trigo en un costal. Lorenzo Coliman





Los guerreros han sido derrotados. El que fue para los Chilenos el heroico Mapuche en tiempos de la independencia, por el afán de la tierra, el poder estatal y la codiciosa oligarquía, cambiaron hasta su imagen. La derrota transformó a los mapuches, en campesinos minifundistas y pobres del campo, los más pobres de Chile quizás. Recordar como fue el despojo tal vez sirva para cambiar el futuro de los aborígenes de Chile.


No pretendo - nos dice José Bengoa - que la información sea completa ( se refiere a hechos de sangre y usurpaciones) es sólo a modo de ejemplo para comprender y dimensionar el conflicto por la tierra y basado en la lectura de los Diarios regionales solo entre 1910 al 1930.

1911 Sucesos de Rupanco, se expulsan de sus tierras a cinco familias mueren a lo menos 5 personas
1913 Muere el cacique Manquepan y toda su familia, 15 personas, a manos de los hermanos Muñoz, colonos del lugar (loncoche)
1914 Boroa. Muere Ramón Cheuque, Lanzamiento del cacique Romilen hay además varios muertos y heridos, en el juicio dijo Romilen “Es increíble, señor presidente, el ensañamiento con que ejercen su autoridad guiados sólo por el instinto de odio a nuestra raza, por el hecho lejano ya, de haber defendido su libertad.
1915 Sucesos de Loncoche mueren entre 15 a 20 indígenas. De este conflicto surge la mutual indígena.
1915 Concesión Silva – Rivas conflicto con más de 10 reducciones de Allipen, Cunco y la zona del Llaima
1916 Sucesos de Frutillar. El colono Eduardo Winkler asesina al cacique Juan Pailahuequen, cuando el caso estaba en los juzgados y en la prensa, son arrestados más de 20 mapuches que apoyan a Pailahuequen. Se usurpan las iterasen un juicio insólito, en que el asesinado es declarado culpable.
1916 Conflicto en el fundo Ralco de Lonquimay, el cacique Maripe pierde sus tierras.
1916 El terrateniente Conrado Stange expulsa a tres reducciones de Llanquihue, hay conflicto armado.
1916 Lanzamiento de treinta familias en Quilonco.
1916 Asesinato del cacique Calluqueo, es lanzado a un río.
1917 Declaración de Puerto Montt los caciques denuncian usurpaciones y despojos de tierras y llaman a la defensa indigenista.
1917 Fundo de Lanco, lanzamientos de numerosas familias, muertos y heridos.
1918 Matanza de Forrahue, cerca de Osorno, encerrados en una choza se asesinó a más de 25 mujeres y niños, prendiéndoles fuego
1918 Conflicto generalizado en Futrono, incendio de reducciones completas, expulsiones y heridos. Numerosas familias se refugian en la cordillera.
1919 Pellahuen, expulsión de 20 familias despojándolas de todo bien, otras 800 familias son perseguidas por la cordillera de Nahuelbuta.
1920 Collimallin por un embargo de bueyes un colono asesina a niña mapuche.
1920 Maquehua, la expulsión de varias familias mapuches para construir en esos terrenos el aeropuerto de Temuco se arrastrara por mas de 10 años.
1921 El colono Vicente Muñoz desaloja por la fuerza a Pedro José Vilche y a la reducción próxima a Temuco
1922 lanzamiento y apaleo, incendio de las reducciones de los caciques Manuel Inalaf y francisco Meñolanco de Villarrica
1923 Asesinato de dos mapuches y arrojados al río Choll Choll
1923 Violenta expulsión de 60 familias indígenas de Maigue, Osorno. Encabezan la expulsión los hermanos Fernando y Conrado Hubache.
1924 Muertos y heridos en la expulsión de una comunidad mapuche en Donguil.
1924 Crimen del Cacique Mariano Millahuel junto a dos hijos y familiares, por parte del colono Juan Zurita con el fin de arrebatarles sus tierras.
1923 Sauces, Angol, Hechos de violencia contra la reducción de Manuel Marihual y José Ancopi Pencuelo, se suceden hechos de extremada violencia.
1925 Llanquihue, indígenas muertos a palos para robarles terrenos
1926 Incendio de casa y campo del Cacique Juan Epul de Tromen.
1926 Panquero, Provioncia de Valdivia. El terrateniento Pedro Warthe procede al lanzamiento de una reducción y apoderarse de 10000 hectáreas.
1926 Mariñao es muerto y sus tierras usurpadas.
1926 La reducción de Segundo Peñalef es expulsada de sus tierras, Comienza Juicio.
1930 Sociedad Agrícola Tolten; desalojo de mapuches y colonos pobres.
1930 Conflicto de Caillun, Collipulli, culmina años más tarde con el lanzamiento de varias familias indígenas por parte del Sr. Paulsen y 80 hectáreas usurpadas.



La sociedad Chilena estableció con los mapuches una relación dominada por la violencia, los protectores de indígenas algunas veces señalaban estos hechos y los niveles de violencia.

Son muchas las personas que hay en Valdivia, sindicadas de haber asesinado a indios; casi me atrevo a asegurar que nunca se ha levantado un sumario para esclarecer la verdad, pero sí, aseguro, que estoe son ricos propietarios, dueños de considerables extensiones de terrenos que antes ocupaban los indios.
Los abusos no han concluido aun: adjunto a usted un paquete que contiene los reclamos que han dispuesto los indios ante la oficina (defensor de indígenas); en ellos se vera que el incendio todavía es poderosa arma contra ello, lo mismo que los azotes y demás vejámenes a que son victimas.

Juan larraín Alcalde, Inspector de tierras y colonización. Memoria Ministerial de Tierras y Colonización, 1901



El robo y el desamparo de la que han sido objeto los mapuches desde el inicio de la republica, se ha denunciado siempre con frases que parecen recién dichas.


Si condenamos al araucano a la pobreza, a la miseria, lo condenamos a muerte. Esta miseria es hoy por hoy el primer obstáculo de la civilización. Lo que necesita más urgentemente es el pan, pero no una limosna que prolonga su martirio, su agonía, sino un legitimo pedazo de su antigua propiedad donde con su trabajo se gane la vida y su civilización. La radicación está casi concluida, pero ya cunde la idea en todo el país que se ha cometido un crimen, un error enorme. Se entrego a unas cuantas familias, un pedazo de terreno tan pequeño, que es imposible la existencia. Hay reservas donde tocan dos hectáreas y aun ni eso por cabeza.

Fray Jerónimo de Amberga
(Conferencia dada en la Sociedad Chilena de Historia y Geografía el 31 de Mayo de 1913)



Podríamos llenar páginas y libros con las afirmaciones embusteras que han llenado nuestras cabezas de falsedades, ideas que se vienen repitiendo desde los primeros años de la republica y que llegan hasta nuestros días.

“El idioma mapuche se caracteriza por su notable estabilidad fonética y por su estructura sencilla y de fácil análisis. Como es natural hay pocos sustantivos y casi carecen de vocabulario que no exprese ideas concretas”

Existe absoluta ignorancia de la poesía mapuche tradicional y contemporánea que sin lugar a dudas desmiente esta antojadiza afirmación. Y continua:

“En la evolución de sus ideas religiosas los Araucanos no habían llegado a las concepciones abstractas”
“La enérgica individualidad del Araucano se mantuvo en estado de dispersión, y su aparente inferioridad mental es consecuencia de la supeditación del individuo por un lado el Tótem de origen materno y por otro a la autoridad del padre”

Encina y Castedo, Historia de Chile, Tomo Primero, Pág. 29 1° Edición Editorial Zig Zag 1954

La repetición incansable de estas ideas, sin criticas ni contrapesos a sensibilizado a la población criolla y mestiza. Lo anterior de Encina y Castedo se ha reproducido en el fascículo escolar editado por el diario Las Ultimas Noticias el Domingo 7 de Marzo de 1999




A modo de conclusión



¡El indio es flojo, no quiere trabajar, es borracho y como los animales duerme en cualquier lugar, no tiene aspiraciones más allá de la Chicha, come cualquier cosa, se contenta con poco, es ladrón y es embustero, es sucio y no sabe ni hablar!.
Esta concepción del indígena a dado el permiso moral para la explotación “del indio”, para quitarles la tierra, para hacerlo trabajar de sol a sol, para menospreciarlo.
Creemos necesario narrar el origen del hombre según el pueblo mapuche:

Zen – Zen (creador del universo) creó a Wentru y lo puso sobre los valles de la cordillera de Los Andes. Como la soledad lo aburría, la Diosa Gue (esposa de Zen – Zen) hizo ver a Zen – Zen, la necesidad de darle una compañera y Dios creó a Kurre (esposa de Wentru). La puso en valle muy distante diciendo “busca a Wentru”. Ella caminó por valles, cerros y quebradas, hasta que los guijarros hicieron sangre en sus pies.

Cuando Gue advirtió ésto, pidió a Zen – Zen que cubriera los guijarros con un choapino, y Dios creó el pasto. La mujer podía correr por la blanda alfombra, pero sus heridas no mejoraban, por lo que Dios le dio a cada yerba un poder medicinal. Los pies sanaron y se hicieron más ágiles, pero el sol quemaba su piel. Gue intervino nuevamente y Zen – Zen creó un techo de árboles y Kurre podía correr bajo el bosque.

Kurre cogió las flores del pasto y las flores de los árboles y cuando se marchitaban los tiraba para arriba y los pétalos del pasto se agitaban como insinuando alas y volaban convertidos en mariposas, en abejas, y en infinita variedad de insectos y tiraba hacia arriba las flores de los árboles y sus pétalos se insinuaban con alas y volaban convertidos en águilas y cóndores, en perdices y en infinita variedad de aves.

El arco iris, había recogido los colores de las flores y guiaba a Kurre en su caminar, cuando un día oyó una música suave, como el amanecer, una sensación nunca antes sentida, fue acercándose, sin hacer ningún ruido para no perder ni una nota de esa maravillosa melodía. Cuando de pronto vio en una quebrada unos frondosos Koyan (Arbustos) cubiertos de Kofkellas (Copihues), al lado de un arrollo transparente, estaba Wentru, que arrancaba la música de su Trump. Kurre entendía la melodía y supo en ese mismo instante que era amor.


Como dejar de mencionar la leyenda de la creación, para que podamos entender mejor el amor de los mapuches a la tierra, a los árboles, a las flores y a las aves que pueblan el cielo, a las aguas y ríos que atraviesan sus valles, sí por allí camino su amada, buscándolo en mandato divino, como no defender esos territorios que son regalo de su Dios.


En el transcurso de este trabajo pudimos darnos cuenta como durante la conquista y después el Estado Chileno, junto a los terratenientes, nunca han buscado una verdadera solución a la cuestión mapuche sino solo lo han “manejado” basado en muerte y en sangre, han robado y usurpado, con el beneplácito de la ciudadanía desinformada, según hemos leído en diarios de diferentes épocas. Acaso no es de justicia hoy día apoyar algún programa que revindique a nuestro pueblo originario, para que actúen como sujetos y no como objetos de su propio destino.



Tenemos la obligación de integrar realmente al pueblo mapuche a la comunidad Chilena sin que por ello pierda su identidad, no se trata de Chilenizar la cultura mapuche, sino de cooperar a la creación de su propio camino cultural a su desarrollo y a su progreso.

-. Para preservar su cultura y cohesión debe restituírsele las tierras usurpadas.

-. Deben decidir libremente su organización social, y debemos apoyar la autodeterminación del pueblo mapuche.

-. Reemplazar la estructura económica por una economía colectiva y tecnificada.

-. Mejoramiento de sus condiciones de vida en vivienda, salud y educación, otorgando la ayuda técnica que se requiera.

-. Enseñanza bilingüe impartida por profesores mapuches.

-. Su activa participación en los proyectos y programas que los afecten.

-. Y por sobre todo, aprender a escucharlos.

En este contexto, aprender a escucharlos, es que se nos hace imprescindible entregar el siguiente discurso, que si lo leemos con la claridad que merece, podremos rescatar de él los problemas y angustias de nuestro pueblo originario y dar verdadera solución a las demandas de los mapuches de hoy:


Parte del “Discurso”de Antullipan ante el gobernador Martín García Oñez de Loyola pronunciado en el parlamento de 1893.

“....Ya es bastante, yo hablo en nombre de mi pueblo, grande es sin duda el poder de vuestro príncipe, que tiene esas casas (Barcos) para enviar a sus súbditos por todas las tierras que registra el sol y apoderarse de ellas. Esta misma grandeza te ha de hacer conocer, Señor, el realce de la gloria de mi nación. Ella con armas inferiores i muy limitado poder ha sabido mantener la guerra, más de cincuenta años contra fuerzas tan superiores, que parece que pretenden dominar hasta en las estrellas. Por ocioso i por inútil debisteis, Señor, tener el amenazarnos con este poderío i con las armas.
Peleamos nosotros por la libertad i por la tierra, Nacimos libres i defendemos el suelo en que hemos nacido. Aquel poder i aquellas armas nada nos pueden traer más funestos que la muerte, pero, nosotros que apreciamos más la libertad que la vida, jamás supimos tener los horrores de aquello. Vuestras amenazas, Señor, me hacen sospechar que graduáis a la muerte por el mal mayor de los mortales. Pues de aquí podéis inferir el horror que tenemos a la servidumbre, graduado por nosotros de mayor mal que la misma muerte. Esta es la que nos puso las armas en las manos y jamás las dejaremos si no la vemos muy distante de nosotros i de nuestras tierras.
Veamos Señor el otro punto: se nos sindica de infractores de la paz, de insidiosos, de inconstantes i falaces. Armaos de paciencia, apartaos del amor propio, arrojaos de vuestro pecho el espíritu de la dominación tiránica i separaos del demasiado afecto a los vuestros i considera mejor lo que decís antes de volverlo a afirmar.
Mirad, Señor, que el primero que mueve la guerra es el que viola el derecho de la Paz i quebranta la solemnidad de sus tratados, i esto es lo que vosotros hacéis. Por primer principio de los ajustes de paz se nos promete la libertad i esto es lo que jamás se cumple. En virtud de las capitulaciones dejamos nosotros las armas i vosotros no lo podéis negar, comenzáis las tropelías i nos hacéis servir en cuanto conviene a vuestros intereses, ¿Es esto cumplir con el principal articulo de la paz?. A vosotros corresponde decirlo i no tendréis razón de caracterizarnos de infieles si tomamos las armas. En las juntas (Parlamentos) que hemos celebrado con vuestros antecesores se nos ha dado la dulce denominación de amigos i aliados, i, prometimos ser amigos de vuestros amigos i enemigos de vuestros enemigos. Se ha dado un trastorno a todos los tratados i se han violado nuestros derechos i nos hemos valido de nuestras armas para defendernos. Ignoramos las causas de hacernos delincuentes, ¿Será acaso, por que a vosotros sea licito el agraviarnos i negado a nosotros el derecho de defendernos?, Concluyamos, que ya no diréis que nosotros movimos la guerra, sino, que hicimos una licita y justa defensa. Ya en adelante no llamareis rebeldía a nuestro animoso tesón sino loable constancia en defender la libertad en que nacimos i de la que somos dignos.
Permitidme ahora, Señor, que trocándose los cuidados, os aconseje yo que abraséis la paz i no la guerra. Observad religiosamente los tratados, que yo os prometo de parte de mi nación, que será permanente i duradera la paz, pero, si hicierais lo que habéis tenido por costumbre, tened por cierto, que, uno solo de nosotros que quede, ése mantendrá la guerra, hasta que rinda gloriosamente la vida en obsequio de la libertad i de la tierra”
Carvallo y Gocheneche: “Historia del Reino de Chile” 1878



Bibliografía

“Historia del Pueblo Mapuche” José Bengoa

“Los Mapuches” René Rodríguez G.

“Periódicos” Biblioteca Nacional

“CONADI”

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